PRINCIPIOS

3. PRINCIPIOS

 

Según la Constitución Política y la Ley Colombiana tendremos en cuenta los siguientes principios:

 

  • Transparencia y publicidad: Los actos de la administración municipal son públicos y es su obligación facilitar el acceso de los ciudadanos a su conocimiento y fiscalización, conforme con la ley.

  • Responsabilidad: Cumplimiento de las funciones y atribuciones establecidas en la Constitución y en la Ley.

  • Moralidad. Los servidores públicos deberán regirse por la ley y la ética propia del ejerció de la función pública.

  • Complementariedad. La comunidad y las instituciones coordinaran sus actuaciones para atender las necesidades y lograr el desarrollo socio- económico.

  • Subsidiaridad. Gestionar la asignación de recursos para la ejecución de proyectos desde el Gobierno Nacional hasta el Departamental en procura de fortalecer las finanzas locales.

  • Eficacia. Se determinará con claridad la misión, propósito y metas de cada una de las dependencias de la administración, teniendo como objetivo central la comunidad, dentro de un enfoque de excelencia en la prestación de sus servicios, estableciendo sistemas de control de resultados y evaluación de programas y proyectos.

  • Eficiencia. Las funciones administrativas, actos, ejecución de proyectos, gestión y atención al público, se realizarán bajo los criterios de optimización de los recursos.

  • Imparcialidad. Los actos de administración serán imparciales de acuerdo con las leyes y normas asegurando y garantizando los derechos de todas las personas sin discriminación.

ALCALDE 2008-2011
 
MARCA LA DIFERENCIA ESTE 28 DE OCTUBRE CON ALIRIO CASTAÑEDA POR ELPARTIDO LIBERAL.
 
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